Las prácticas de buen gobierno pueden aplicarse tanto en Pymes como en grandes empresas y conglomerados, sin embargo existen diferencias y requisitos legales y comerciales sustanciales entre unas y otras.
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Como modelo de dirección, el Gobierno Corporativo organiza, brinda foco y regula las relaciones entre los dueños de la empresa, además de reflejar fortaleza y transparencia a todos los grupos de interés que influencian o son impactados por la organización. Es aplicable a cualquier compañía, y en las sociedades de familia requiere especial atención.
Lo primero es tener clara la visión a futuro: realizar un ejercicio de sinceridad de los socios sobre la visión de la empresa en un rango de tiempo específico. ¿Cómo se imaginan la empresa en uno, cinco, diez años?
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Imaginarla más grande, con un mayor número de operaciones y de trabajadores e incluso de sitios de operación, representará mayor complejidad en el control, dirección y seguimiento, así como una mayor exigencia por parte de las entidades gubernamentales.
A mayor tamaño, mayor exposición, y por ende, una rendición de cuentas más exigente en lo social, lo ambiental, lo económico y lo ético. El Gobierno Corporativo debe ajustarse para responder a estas demandas de los grupos de interés.
Las pymes de familia en Colombia pueden orientarse por la Guía Colombiana de Gobierno Corporativo para Sociedades Cerradas y de Familia, publicada por Confecámaras en 2009. Aquí se encuentran conceptos importantes para la administración de la empresa, como la “Asamblea de Familia”, el “Consejo de Familia” y el “Protocolo de Familia”.
Las sociedades de familia tendrán un órgano denominado Asamblea de Familia, conformado por los miembros unidos entre sí por vínculos consanguíneos y único civil, con respecto de aquellos accionistas o socios de la sociedad de familia, en la forma en que lo establezca el Protocolo de Familia.
La Asamblea de Familia servirá de órgano consultivo para el Consejo de Familia, y elegirá a los miembros de éste.
Las sociedades de familia tendrán un órgano denominado Consejo de Familia, conformado por los miembros de la Asamblea de Familia y sus representantes, elegidos por la Asamblea de Familia, conforme a lo dispuesto en el Protocolo de Familia.
El Consejo de Familia de las sociedades de familia deberá suscribir un Protocolo de Familia o acuerdo similar donde se regule el manejo entre familia, negocio y propiedad.”
Crecer implica un reto desde todas las perspectivas, la del Gobierno Corporativo no es menor. Tener claro el punto de llegada y el camino para alcanzarlo, siempre con relaciones claras y con transparencia es clave.
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